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Demografía

Imagen 12-08-2007 Sólo una de cada diez órdenes de expulsión a inmigrantes es ejecutada

Extranjería abrió el año pasado en Galicia un total de 1.300 expedientes de expulsión a inmigrantes en situación irregular, de los que apenas un 10% fueron ejecutados (131).

Residir o trabajar sin papeles es la infracción más habitual por la que se abre una orden de expulsión. La policía dispone de 72 horas para gestionar con el país de origen del detenido su repatriación.

Extranjería abrió el año pasado en Galicia un total de 1.300 expedientes de expulsión a inmigrantes en situación irregular, de los que apenas un 10% fueron ejecutados (131). El dato refleja un incremento de más del 12% de sanciones respecto a 2005, cuando se iniciaron 1.152 órdenes de este tipo y fueron resueltas 218 (18%).

Las provincias de A Coruña y Pontevedra son las que concentran un mayor volumen de órdenes de expulsión a sin papeles-533 y 418, respectivamente-, mientras que Lugo contabiliza 175 y Ourense, 174. Por el contrario, la mayoría de las sanciones ejecutabas se registran en Lugo (61%) y en A Coruña (22,3%).

Con el billete de vuelta a su país de origen, las esperanzas que muchos inmigrantes habían puesto en su viaje a la comunidad gallega para lograr un permiso de trabajo y residencia fuera de su tierra se acaban: la ley prohíbe a los extranjeros deportados pisar territorio europeo durante tres años desde la fecha en que se ejecuta la orden de expulsión.

Residir o trabajar sin papeles es la infracción más habitual por la que se abre un expediente de expulsión, aunque también hay sanciones por no poner en conocimiento del Ministerio del Interior cambios relacionados con el domicilio, la nacionalidad o el estado civil, así como el incumplimiento de medidas interpuestas por la seguridad pública o la realización de actividades contra el orden público. También puede aplicarse la expulsión a procesados o inculpados por delitos.

Pero no todas las órdenes de expulsión llegan a producirse. Las dificultades para proveer de documentación a la persona sancionada o la negativa de algunos consulados a reconocer como sus nacionales a los extranjeros con expediente de expulsión abierto impiden la repatriación. En el caso de los inmigrantes en centros de extranjeros, como ocurre en Canarias, Baleares o Ceuta, una vez agotado el plazo de internamiento (hasta 40 días), con la consiguiente puesta en libertad y las dificultades para su localización, resulta complicado dar con el paradero del indocumentado y ejecutar la orden de expulsión tras abandonar el centro de internamiento.

Desde el momento en que la policía localiza a un inmigrante indocumentado, hay un plazo de 48 horas para que pueda presentar alegaciones. "Entre un 20 y un 30% de los sancionados no presentan alegaciones porque desconocen que tienen derecho a recurrir la orden de expulsión", comenta María José Otero, responsable del departamento de Inmigración de Comisiones Obreras. Pero no es hasta que se produce una segunda localización del indocumentado que tiene abierto un expediente de expulsión cuando se procede a su arresto durante 72 horas, tiempo en el que la policía gestiona con el país de origen su devolución y tramita los billetes para deportarlo.

"Se tienen que dar las circunstancias de que el país de origen lo reconoce como su nacional y al mismo tiempo que haya un billete de avión disponible para proceder a su expulsión, de ahí que el porcentaje de sanciones ejecutadas sea tan bajo", argumenta María José Otero.

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